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| | VenezuelaBalance de Ley de Arrendamientos de Vivienda a 8 Meses de su promulgación,
Solicitudes a nueva Superintendente Nacional de Arrendamientos de Vivienda | | | - Fecha: 17/07/2012
- Organizado por: Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos (APIUR)
- Tipo de Evento: Rueda de Prensa
- Lugar: Multicentro Empresarial del Este, Edificio Miranda, Núcleo A, Piso 1, Oficina A-11,
Chacao, (frente al Centro Sambil).
- Teléfono: 0212-2660087
- E-mail:
- Página Web: http://www.apiur.org/inmuebles/...
| | * A 8 meses y medio de la promulgación de esta Ley, es evidente los nocivos efectos que para país inquilinos y propietarios, ha traído este instrumento legal y su implementación.
* La Superintendencia de Arrendamientos de Vivienda (Sunavi), ofrece un servicio deficiente atención al público, ya que no está dotada de suficiente personal y equipamiento. Propietarios e inquilinos deben hacer largas colas ser atendidos. Los actos conciliatorios son fijados para meses después de su solicitud y no son entregados oportunamente los oficios para que las
partes acudan a los tribunales. Este organismo que sustituyó a las oficinas municipales inquilinato de todas las alcaldías del país, no ha sido constituido en la inmensa mayoría de las ciudades, dejando paralizados los actos conciliatorios,regulaciones de alquileres, regulaciones de precios, revisiones de contratos, lo que ha llevado a una paralización casi total del mercado de arrendamiento de vivienda.
* El Ministerio de Vivienda y Habitad no ha fijado el Valor de Reposición o de construcción nueva, necesario para realizar cualquier avalúo, para fijar alquiler o precio de venta. No ha fijado tampoco el porcentaje de viviendas que debe destinar una constructora al arrendamiento.
* El Tribunal de Consignaciones de Caracas, 25 de municipio, cumple 4 meses cerrado, impidiendo a propietarios retirar sus alquileres y a inquilinos consignar los cánones.
* Escrito con solicitudes a la nueva Superintendente de Arrendamientos de Vivienda.
* Escrito con observaciones al anteproyecto de Ley de Arrendamientos Comerciales que será entregado a la Comisión de Administración y Servicios de la A.N.
* El Consejo Legislativo del Estado Nueva Esparta,el Colegio de Abogados del Estado,el Consejo Municipal del Municipio Arismendi, Apiur ,otras organizaciones y ciudadanos solicitaron el 04 julio de este año ante el INTI en Caracas, la solicitud de reconsideración y revocatoria de una decisión de Juan Carlos Loyo del 10 de junio de 2010, que decretó como tierras ociosas 521 hectáreas de las comunidades de Atamo Norte, Atamo Sur, Guacuco, Catalan Chinguirito, Camoruco, Yaque Alto y otras ubicadas en los Municipios Arismendi y Maneiro del Estado Nueva Esparta y que conllevó el inicio del procedimiento de rescate y aseguramiento de la tierra como consecuencia de ello dejó a los propietarios, sin la posibilidad de vender, enajenar, gravar, arrendar cualquier inmueble ubicado es esa amplia región cercana a Porlamar y la Asunción. | |
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